El Pasado 17 de Junio del año 2021 se publico en el diario oficial la Ley Nº21.353 que tiene por objeto establecer medidas tributarias de apoyo a las Micro, Pequeña, y Medianas Empresas en el contexto de crisis generado por la pandemia mundial de Covit-19.
En terminos Generales la Ley se ocupa de tratar 4 temas especificos para los Contribuyentes clasificados en el Articuo 14 letra D de la Ley de Impuesto a la Renta:
1.- La disminucion transitoria de las tasas de interes penal para Pymes contemplado en el articulo 53 del Codigo Tributario, y las tasa de interes asociadas a mora de parte o la totalidad de impuestos, contribuciones, y giros efectuados por el SII
2.- Devolucion del Remanente de Iva del Credito Fiscal, sujeto al procedimiento definido para este efecto de manera copulativa en las letras a), b), c), d), e), y f) de esta Ley. Los contribuyentes deberan ejercer la opcion mediante una solicitud que debe presentarse al SII, a quien le corresponde validar y controlar el cumplimiento del procedimiento. Una vez cumplido lo anterior le correspondera a la TGR realizar en reembolso respectivo en los 10 dias habiles posteriores al cumplimiento.
3.- Extension de la Vigencia de las patentes provisorias. la extension contempla a aquellas patentes vencidas durante la vigencia del Decreto Nº4 del año 2020 del ministerio de salud, asociada a la alerta sanitaria. Las Patentes se mantendran vigentes hasta 1 año despues de terminada la alerta sanitaria descrita anteriormente.
4.- Flexibilidad para los convenios de pago. de acuerdo a esta ley de manera excepcional, el servicio de Tesorerias debera otorgar facilidades de pago de hasta 4 años para cuotas periodicas por impuestos adeudados. Ademas; el Servicio de Tesorerias condonara la totalidad de los intereses y sanciones por mora en el pago de impuestos que se encuentren vencidos al 30 de junio del año 2021. Finalmente; estos convenios no generaran multas e intereses mientras el deudor se encuentre cumpliendo y mantenga vigente su convenio de pago.